EL HIJO RECIBE PODER DADOR DE VIDA A UN GRADO LIMITADOs/TJ:Inmediatamente después que Jesús fue bautizado en agua, Jehová Dios bautizó a su Hijo dedicado ahora con espíritu santo desde el cielo y lo declaró su Hijo espiritual.Allí, en este bautismo el Padre concedió al Hijo el tener en sí mismo poder dador de vida a un grado limitado. Podía curar y resucitar muertos. Pero Jesús todavía no tenía poder de impartir vida eterna a miembros de la familia humana condenada. ¿Por qué?. Porque todavía no había sacrificado su cuerpo humano perfecto en la muerte misma. ("La Atalaya" de 1.6.1965, pág 333 y ss)Análisis:Jesucristo antes de su muerte ya tenía el poder de impartir la vida eterna. Veamos el versículo (Jn 17;2) : "...según el poder que le diste sobre toda carne, para que a todos los que tú le diste, les de él la vida eterna". La traducción de este versículo en el Nuevo Mundo de los TJ, es de las más embrolladas de las tantas embrolladas que presenta esta traducción: "...como le has dado autoridad sobre toda carne, para que, en cuanto a todo [el número de los] que le has dado, les dé vida eterna" (Sea lo que sea lo que los TJ nos quieren transmitir, están refiriéndose también a un poder que Jesucristo ya posee en aquel momento, luego...)Jesús sí impartió "vida eterna" a miembros de la familia humana condenada antes de su resurrección: Por ejemplo, en (Mt 9;6) (Mc 2;5) (Lc 5;20), perdona los pecados a un paralítico antes de darle la salud física. ¿O es que perdonar los pecados no es dar la vida eterna?Dice Jesús: "Mis ovejas oyen mi voz, y yo las conozco y ellas me siguen, y yo les doy la vida eterna, y no perecerán para siempre, y nadie las arrebatará de mi mano" (Jn 10;27-28). Ante los dirigentes judíos, describe Jesús lo que significa ser de los suyos. Tienen por característica escuchar su voz, es decir, le prestan adhesión, no verbal ni de principio, sino de conducta y de vida ("me siguen") comprometiéndose con él y como él a entregarse sin reservas al bien del hombre. El don de Jesús a los que le siguen es la vida definitiva, eterna, el nuevo nacimiento por el Espíritu (Jn 3;3 y ss) que acaba en ellos la obra creadora y les da la capacidad de hacerse hijos de Dios (Jn 1;12). Esos no se perderán nunca, pues la calidad de vida que él comunica supera la muerte (Jn 3;16) (Jn 8;51); pero, además, estarán al seguro (Jn 6;39) (Jn 10;9), no perecerán a manos de ladrones (Jn 10;10), ni serán arrebatados por el enemigo (Jn 10;12) porque Jesús es el pastor que defiende a los suyos hasta dar la vida (Jn 10;11).s/TJ:“El primer hombre Adán vino a ser alma viviente. El último Adán, vino a ser un espíritu dador de vida". El apóstol Pablo llama a Jesucristo "el último Adán" y dice que él llegó a ser un "espíritu dador de vida" en su resurrección. Así es como Jehová Dios el Padre concedió a su Hijo Jesucristo el tener poder dador de vida en sí mismo. Esto capacitó al Hijo a obrar como juez, no sólo de los vivos, sino también de los muertos a quienes podría levantar a la vida al tiempo de su reino celestial (1Cor 15;44-45) (Jn 5;25-26)) ("La Atalaya" de 1.6.65, pág 333 y ss)Análisis:En (Jn 5;25-26) se dice: "En verdad, en verdad os digo que llega la hora, y es ésta, en que los muertos oirán la voz del Hijo de Dios, y los que la escucharen vivirán. Pues así como el Padre tiene la vida en sí mismo, así dió también al Hijo tener vida en sí mismo". Jesucristo, pues, tiene ya "vida en sí mismo" cuando dice estas palabras, no es -como dicen los TJ- algo que obtuvo "a un grado limitado" en su bautismo y que completó luego con su resurrección. El poder que tiene Jesús antes de su resurrección no es "limitado" sino "pleno" porque Jesús lo equipara al que tiene el Padre.Los TJ nos han enseñado, en el apartado del BAUTISMO DE JESUCRISTO, que fue entonces cuando el Padre concedió al Hijo el tener en sí mismo poder dador de vida a un grado limitado. (Detalle que dicho sea de paso no aparece por ninguna parte en el pasaje del Bautismo de Cristo). Podía curar y resucitar muertos. Pero Jesús todavía no tenía poder de impartir vida eterna a miembros de la familia humana condenada porque todavía no había sacrificado su cuerpo humano perfecto en la muerte misma. ("La Atalaya" de 1.6.1965, pág 333 y ss) Ahora se nos enseña que en su resurrección, Jesús llegó a ser "un espíritu dador de vida" capacitando al Hijo a obrar como juez, no sólo de los vivos sino también de los muertos a quienes podía levantar a la vida al tiempo de su reino celestial.¿Pero si el poder de resucitar muertos ya lo poseía desde el Bautismo? Esta confusión también la presentan los Tj cuando en ("La Atalaya" de 15.7.1965, en la pág 423) nos dicen: "Aun sobre la tierra Jesucristo nos dio ejemplos de su venidero poder de resurrección. Trajo de vuelta a la vida a su querido amigo Lázaro, que entonces estaba en el Sheol durante el cuarto día. Exactamente antes de eso Jesús le dijo a Marta, la hermana de Lázaro, 'Yo soy la resurrección y la vida'". Pero en que quedamos, ¿Tenía, o no, Jesucristo, cuando resucitó a Lázaro poder dador de vida ? Porque si la resurrección de Lázaro fue un ejemplo quiere decir que su resurrección fue actuada por dicho poder. También en ("La Atalaya" de 1.6.1965, pág 330) dicen: "Después de la resurrección de Jesucristo, Dios dio poder dador de vida a su Hijo, de modo que él podía vivificar a quienes él quisiera vivificar, haciendo así accesible el camino para que ellos vivieran para siempre en el venidero justo orden de cosas de Dios". Creo que la solución a todo este embrollo es la siguiente:Los TJ interpretan el "poder dador de vida" que tiene Jesucristo como un poder de resucitar a los muertos físicamente. Este poder -digamos a pequeña escala- se lo reconocen desde el bautismo. A gran escala, a fin de poblar su reino celestial, se lo reconocen después de la resurrección. Al poder ya impartir vida eterna debido a su sacrificio personal y al haber recibido esta -digamos- ampliación de poder está ya capacitado para actuar de juez no sólo de vivos sino también de muertos.
Análisis de la doctrina de los Testigos de Jehová según sus libros y revistas Atalaya y Despertad.